Centros comerciales reabren sus puertas el lunes 22 de junio

Normativa precisa que esta prohibido el ingreso para menores de edad y que todavía no reabrirán los cines

Mediante Decreto Supremo Nº 110-2020-PCM, publicado en la edición extraordinaria de las normas legales del diario oficial “El Peruano”, el Poder Ejecutivo autorizó la reapertura de centros comerciales, conglomerados y tiendas por departamento a partir del 22 de junio de 2020 a nivel nacional, para atención directa al público, con excepción de los departamentos de Ica, La Libertad, Arequipa, Huánuco, San Martín y las provincias de Santa, Casma y Huaraz (Ancash).

La norma indica que para poder reanudar las actividades económicas, estos espacios públicos deberán registrar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para covid-19 (Sicovid-19) del Ministerio de Salud (Minsa).

Dicho plan debe considerar los “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a covid-19”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA y sus posteriores adecuaciones, y la normativa vigente.

  • La normativa resume que el aforo máximo permitido es de 50%.
  • Los establecimientos de patios de comidas ubicados en centros comerciales y/o similares sólo podrán brindar el servicio de entrega a domicilio con logística propia o de terceros y recojo en tienda.
  • No se encuentra permitido el ingreso de menores de edad a centros comerciales.
  • No se encuentran comprendidos en la reanudación los cines y las zonas recreativas.
  • El uso obligatorio de mascarilla para todas aquellas personas que ingresen a los locales (proveedores, vendedores, compradores, entre otros).
  • Estos centros deberán brindar facilidades, a través de estaciones de lavado de manos, para el ingreso a los locales.
  • Mantener el distanciamiento social no menos de 1 metro.

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